Visa de Transeunte Reingreso |
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Escrito por Consulado
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Viernes, 26 de Agosto de 2016 13:53 |
Será otorgado por las Secciones Consulares de las Embajadas y Oficinas Consulares de la República a aquellas personas en condición de residente, que no hayan permanecido más de dos (2) años consecutivos en el exterior o no hayan adquirido residencia en otro país, siempre que la fecha de vencimiento de tal condición no hubiese excedido treinta (30) días continuos. También será otorgado a quienes se les haya vencido en el exterior la condición de transeúnte concedida por el Ministerio del Interior y Justicia y que no se hubiesen ausentado de Venezuela por un período mayor de treinta días (30) días continuos. De no cumplirse los lapsos indicados o de presentarse otras circunstancias diferentes a las señaladas en los ordinales 1 y 2 de este artículo, el interesado tendrá que solicitar su reingreso directamente al Ministerio del Interior y Justicia. El visado Transeúnte Reingreso se otorgará por seis (6) meses, una sola entrada, y se le estampará el número de Cédula de Identidad que posea el titular en Venezuela. Se exceptúa el menor de edad no cedulado.
Requisitos:
- Rellenar la Planilla de solicitud de visa debidamente completada - sin omitir ninguno de los datos solicitados.
- Original y fotocopia del pasaporte con una vigencia mínima de seis (6) meses.
- Fotocopia del boleto aéreo o del itinerario de viaje (tener la precaución de no comprar el boleto si no cumple con los requisitos exigidos)
- Dos (2) fotos recientes (de frente, a color y tamaño carné, fondo blanco).
- Cualquier otro documento adicional que el Cónsul General requiera para avalar la solicitud.
- Cédula original de identidad de residente en Venezuela vigente.
- Fotocopia de la página del Pasaporte donde figure el último recuento de la residencia en Venezuela y fotocopia de la página donde aparezca el último sello de salida de Venezuela.
Duración: 7 días hábiles
Importe: Pago
¡Importante!

Este trámite se realiza únicamente de manera presencial. NO SE ADMITE GESTOR.
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Última actualización el Jueves, 17 de Noviembre de 2016 09:48 |